Legalidad versus honestidad
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legislacion | federaciones | Administraciones publicas | infraestructura deportiva
LLEVA CAMINO de solventarse —con la bajada de principios por parte del Ejecutivo español ya predicha por este Espectador— la discusión que mantienen la RFEF y el CSD sobre las elecciones a la presidencia de esta federación nacional.
Tanto en Por el Arco del Triunfo —del maestro de bitácoras Juan Puñetas— como en este mismo foro, estamos disfrutando de este debate que afecta (aunque muchos fueron incapaces de discernirlo) a los sacrosantos cimientos del deporte.
Los más, interpretaron el enfrentamiento en clave futbolera. Otros un poquito más avezados escribieron en semanarios de reconocido prestigio con tirada nacional sobre el enfrentamiento personal entre Jaime Lissavetzky (Secretario de Estado para el Deporte) y Ángel María Villar (presidente de la RFEF). Es el caso de Elías Israel —quien tuvo un breve paso por la blogosfera deportiva hispana—, que ha publicado el artículo «Gobierno y fútbol, a patadas».
Al final de ese artículo se insertó (no aparece en el texto enlazado) la opinión de don Javier de Ovando Janela, que firma como especialista en derecho deportivo. Este Espectador no puede estar más en desacuerdo con el firmante, tanto en la forma como en el fondo de su interpretación.
Y digo en la forma porque me enseñaron que la interpretación de un letrado sobre la realidad jurídica que le toca analizar debe estar enfocada desde la más objetiva imparcialidad (posible) y nunca verter opiniones personales y menos aún mezclarlas con los hechos objetivos dándoles apariencia de aserto.
No lo logra el señor De Ovando Janela —a fe que puso poco empeño en conseguirlo— y nos regala un análisis que enturbia el buen juicio de las gentes. Copiaré sus dos columnas e ire acotando sus disquisiciones para entrar en el fondo.
El artículo 30 de la Ley 10/1990 del Deporte define a las federaciones como entidades privadas, de utilidad pública, que ejercen funciones delgadas de la Administración, de acuerdo a las leyes del Estado español y comunidades autónomas, obligadas a cumplir los estatutos de los demás órganos asociativos en las que se integran de acuerdo al ordenamiento jurídico español.
Lo aprobado, por tanto, el pasado 3 de marzo en la Asamblea de la RFEF supone romper con esta regla, a favor del sometimiento a unas normas privadas (FIFA/UEFA). El código causante de este despropósito supone, por ejemplo, eliminar cualquier tipo de control de los poderes públicos en los procesos electorales de las federaciones, estableciendo una regulación electoral tipo que entra, en muchos puntos, en directo conflicto con las normativas de derecho público, leyes y reglamentos españoles. Sitúa el procedimiento electoral en la propia voluntad asociativa, prohibiendo expresamente cualquier control sobre las decisiones internas asociativas, conforme a lo previsto en el reglamento modelo de la FIFA.
Parece que el ponente recela de la capacidad de las entidades deportivas privadas para autogestionarse en sus procesos electorales.
Aunque se las debe aplicar las mismas medidas que a otras entidades privadas, tal que cooperativas, asociaciones de vecinos o clubes, por ejemplo. Los miembros de esas entidades privadas siempre pueden interponer denuncia cuando un proceso electoral que no sea legal o/y transparente. Esa es la garantía que da el Estado a sus súbditos.
Un Estado que no debe intervenir en los procesos electorales de las asociaciones privadas, que gozan de sus propios reglamentos orgánicos debidamente aprobados por las autoridades competentes.
Dice De Ovando Janela que las normas de la federación entran en conflicto con las normas de derecho público, pero olvida decirnos cuales son esas normas. Tan poco nos dice por qué a una entidad privada se le deben aplicar las normativas de derecho público. ¿No es ello un contrasentido?
Esto conlleva, además, la desaparición del artículo 1.4 de los Estatutos: La RFEF está afiliada a la Fédération Internationale de Football Association (FIFA) y la Union des Associations Européennes de Football [sic] (UEFA), cuyos estatutos acepta y se obliga a cumplir, ello, desde luego, dentro del ordenamiento jurídico español.
A estas alturas del discurso, el especialista ya nos ha infundido congoja con aquel cansino discurso de que España se desmiembra, y así no hay manera de crecer como país.
Pero vamos a ver, hombre de dios, la coletilla que la RFEF ha eliminado (“dentro del ordenamiento jurídico español”) siempre ha sobrado por estar sobreentendida. Quiero decir, que ni eliminándola del texto estatutario se puede abstraer de ella porque cualquier asociación que se implante en España ha de acatar el ordenamiento jurídico español.
Como dijo el ministro Pérez Rubalcaba recientemente: “la ley no se cumple por contrato, sino por obligación”. Y unos estatutos no dejan de ser, de alguna manera, un contrato de compromisos.
Pero a este especialista en derecho deportivo esta nimiedad parece preocuparle en grado sumo, hasta el punto de hacer girar su discurso sobre este eje.
Este desmarque jurídico tiene lugar teniendo en cuenta el precedente del auto de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, de 28 de febrero, que niega a la RFEF la concesión de medidas cautelares consistentes en el aplazamiento de la convocatoria de elecciones de la Federación, reafirmando que estas deben realizarse conforme a las disposiciones de la orden ministerial.
Nos encontramos, sin duda, ante un claro fuera de juego legal, que no puede ser argumentado exclusivamente por ser entidad privada, obviando el hecho de que actúan por delegación pública, coincidiendo, en este caso, para justificar su regateo jurídico con el mismo argumento que están utilizando selecciones autonómicas de fútbol en su reivindicación para participar en eventos internacionales oficiales.
Este párrafo deja en evidencia los principios fundamentales que rigen el deporte. No es de extrañar que este jurista deportivo crea en lo que escribe. Ocurre —es la enésima vez que lo digo— que las selecciones deportivas no representan a ningún país, y por ende a ningún territorio, sea comunidad autónoma, provincia, ciudad o parroquia.
Una selección deportiva representa a su federación (entidad privada), y la federación tampoco representa a un país o territorio, sino que representa al asociacionismo deportivo de un marco geográfico concreto. Y ello porque una federación internacional no reconoce países (¡faltaría más!) sino federaciones nacionales bajo las que se agrupan las asociaciones deportivas de un país.
Y es que el deporte se ha venido organizando geográficamente desde el siglo XIX. ¿Podía ser de otra manera en un mundo que tendía entonces a la exaltación de los nacionalismos?
Actuaciones contundentes
A pesar de todo, la pelota sigue rodando, de ahí que se haga necesario llevar a cabo actuaciones contundentes, para restablecer el juego conforme a la legalidad vigente, como la apertura, de acuerdo con la Ley 10/1990 del Deporte, por parte del Comité Español de Disciplina Deportiva, de expediente sancionador contra el actual presidente de la RFEF, por flagrante, reiterado y doloso incumplimiento del ordenamiento jurídico español, respeco a las normas que regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas. En ese sentido, la Comisión Directiva del CSD deberá suspender deforma cautelar la decisión tomado no ajustada a derecho.
En este párrafo el especialista echa el resto. Primero sugiere “[…] actuaciones contundentes […]”, para después juzgar de “[…] flagrante, reiterado y doloso […]” la actuación del presidente de la RFEF, y terminar atreviéndose a sentenciar que se “[…] deberá suspender de forma cautelar la decisión tomada […]”.
Ha perdido, por tanto, la capacidad de informar al público desde esa objetiva imparcialidad que se pedía al principio de mi artículo. Suerte que este especialista no es juez, habida cuenta de los prejuicios que parece arrastrar.
De esta manera, y de acuerdo al artículo 8.r) de la Ley 10/1990 del Deporte (“Velar por la efectiva aplicación de esta Ley y demás normas que la desarrollen ejercitando al efeto las acciones que proceden así como cualquier otra facultad atribuida legal o reglamentariamente que persiga el cumplimiento de los fines y objetivos señalados en la presente norma”) se deberán llevar a cabo las actuaciones necesarias, por parte del Consejo Superior de Deporte, para conservar la legalidad vigente, y que el proceso electoral para elegir al presidente, miembros de la Asamblea General y miembros de la Comisión Delegada de la Real Federación Española de Fútbol se celebre de acuerdo a la orden ECI/3567/2007, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas españolas y demás normativa que le resulte de aplicación.
El ordenamiento jurídico español, por tanto, es claro, y querer jugar, sin acatar normas públicas ya establecidas y conocidas por todos es jugar un partido en falso, y contrario a la ley.
Tal vez quien escribe en esta bitácora no sea jurista ni especialista en derecho deportivo, pero es que este Espectador a lo mejor se ha movido por charcos y ciénagas deportivas que le han dado una visión mucho más amplia que la que pueda llegar a tener desde la ventana de su despacho un especialista en derecho deportivo.
El señor De Ovando Janela parece que ha olvidado que antes de tener competencias administrativas delegadas las federaciones deportivas son entidades privadas (de ahí que se les “deleguen” competencias administrativas). Tras la lectura de su artículo, me aborda la sensación de que hay algo en todo este asunto que al columnista le molesta en lo personal. Es como si su mundo, en el que todo está cogido con leyes, se estuviera tambaleando. Pero la ley no es el bastión de la honestidad.
En cierta ocasión un político del prestigio de Juan María Atutxa dijo en un programa de televisión: “las leyes las hacen hombres y mujeres de este país, y pueden ser cambiadas por hombres y mujeres de este país”. Cuando una ley está mal enfocada o se ha quedado obsoleta, la prudencia aconseja cambiarla.
Una orden ministerial —me dicen que sí— no debería formar parte del ordenamiento jurídico español porque puede reflejar tan sólo el capricho de una persona, al no ser aprobada por un órgano colegiado plural. Y ésta, que establece fecha arbitraria para las elecciones federativas, no deja de ser una orden intervencionista.
El Estado debería limitarse a dictar una legislación de mínimos en el ámbito deportivo, y no entrometerse en la vida de las asociaciones privadas. No es necesario que el CSD regule el color del papel higiénico que debe usarse en las federaciones españolas. Si en la RFEF quieren usar papel sepia, pues allá ellos con el elefante.
Tal vez esté cerca el día en que una federación española le diga al Estado: “tenga usted sus competencias administrativas delegadas y llévelas usted mismo adelante: organice usted los campeonatos de España, organice el deporte base, y organice la participación de los españolitos que lo deseen en competiciones internacionales”. Entonces, tal vez sí representen al país.
4 de abril de 2008
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¿No crees que podrías haber expuesto la misma opinión con un articulo menos denso?
No soy exactamente un asiduo de la aguja (ahora espectador) pero se lo que me puedo encontrar cuando tecleo la dirección en el navegador. Siempre que vengo a esta bitacora lo hago con un mínimo razonable de tiempo y paciencia, pero lo de este artículo ya es demasiado.
Vale que es el segundo después del letargo vacacional y por eso tendrás más ganas de escribir que de costumbre, aunque esto no justifica la enormidad del escrito.
Conste que pongo esto a modo de crítica constructiva ya que conozco la afición del autor por separar la opinión acerca del contenido (que ya empieza a resultar monótono) de la opinión sobre el continente (hoy te ha salido un tostón).
Es usual en esta página la busqueda de lo que se esconde tras lo evidente, piense el autor el porqué de la ausencia de comentarios y si tal ausencia apoya, o no, mi punto de vista.
Tu crítica es justificada, pues es evidente que la extensión del texto es superior en mucho a la media de los artículos de esta bitácora (unas 800 palabras —sobre un folio y medio— por 1.762 que tiene éste —cuatro folios—).
Sin embargo has de tener en cuenta que en esta ocasión el volumen del texto se corresponde con dos artículos: el que aquí se pone en tela de juicio y el mío propio.
No he encontrado en Internet el texto que me disponía a criticar, por lo que sólo he visto dos opciones. He optado por la que ves para de alguna manera obligar al lector a saber de qué se hablaba (quizá en señal de respeto al señor De Ovando Janela).
La otra opción hubiera sido separar el documento criticado en un fichero aparte (cosa que ya he hecho en alguna ocasión) y enlazarlo desde mi artículo. Me hubiera salido un texto propio de 1.162 palabras. En cualquier caso superior a la media que se acostumbra por aquí.
¿Por qué mi texto ha sido tan largo esta vez? Pues primero porque viendo que el total del texto presentado llegaría a los tres folios, me he relajado y no me he aplicado en ser conciso.
En segundo lugar porque mi artículo viene a ser una especie de cierre de ciclo, en el que he querido recoger mis puntos de vista (varios) sobre este tema.
Como ves, todo tiene un motivo que ha supuesto un proceso de toma de decisiones, aunque a veces (como es el caso) uno no acierte.
Además, soy de la opinión de que en aspectos como la legislación, la concisión puede acarrear malos entendidos. Y como aquí no tenemos límite editorial… ;-)
Sobre contenidos y continentes, monotonías y tostones, sólo decirte que el tema abordado era de actualidad. Es más, este artículo no tocaba para hoy, pero habida cuenta de que la resolución del conflicto CSD-RFEF era inminente, me puse a la tarea. Sí que lamento que no lo encuentres ameno, pero es que los temas de legislación suelen tener estas cosas.
El del próximo martes es un artículo en clave de humor —de ese humor ácido que caracteriza a El Espectador—. No sé cuan largo me saldrá, porque sí lleva tres citas (no muy largas). Pero me temo que mi texto crítico esta vez no va a superar las 500 palabras (algo menos de un folio).
Gracias por seguir ahí.
Para textos largos, amigos, los que hacen los legisladores actuales. Cada vez que por motivos profesionales me tengo que leer una Orden o Decreto de la Junta de Andalucía (los jefes de mi tribu autonómica) me tengo que tomar previamente un Almax y, posteriormente, un Lexatin. Para escribir sobre cualquier cosa (una subvención de mil euros para la favorecer la cría del atún en lata) se van hacia los 30 folios. No miento, os lo juro, aunque lo escriba en plan de cachondeo.
Burla burlando mi comentario ya va por el décimo renglón, lo que quiere decir que empiezo a amenazar -en cuanto pretenda expresar dos ideas- con llenar esta caja de texto con más de 3000 palabras, lo cual ya sería un horror, además de un error.
Claro que el problema está -creo y pienso- en que ésto de la interné y, en general de la prensa, tiene un carácter casi telegráfico. Digamos que está sustituyendo a los antiguos telegramas, ya en desuso completo. Por eso cuando algunos le damos a las teclas más de lo debido (otros le dan al trinque o al bebercio, cosa mucho peor), comprendo que haya suaves críticas de lectores amigos. Quizás para compensar la Aguja tiene su De Tertulia, donde no se puede ser más lacónico.
Si se han acortado los textos hasta lo mínimo (también el personal es que tiene pocas ganas de leer -aunque otra cosa es que a veces las cosas nos salgan extensas y pestiñeras-) y el vocabulario base también se ha reducido a niveles casi ínfimos -sobre todo entre la juventud-, tengo para mí que el futuro lingüístico que nos espera va a ser esplendoroso.
Yendo a la cuestión que planteas y que yo mismo también he manoseado un par de veces (jodé, ya llevo 34 renglones y sin vender una escoba!), es tan compleja que gente tan enrollante como tú o el muá necesitaríamos un paquete entero de folios (unos 500, más o menos). Así que, por una vez y sin que sirva de precedente, je, je, te voy a enviar por correo electrónico mis conclusiones a tu artículo no vaya a ser que ahora quien ponga el grito en el cielo -y con razón- sean los chicos donde alojas la bitácora, acusándome a su vez de pelmazo, plasta y coñazo (cosa que, como sabrás muy bien, tiene a las feministas bastante encoñadas).
Amigo, me has pillado en la hora tonta y no paro de escribir tonterías. Pero no te preocupes que sé el motivo: son los efectos secundarios y colaterales del lenguaje jurídico y leguleyo que he leído en el texto del camarada que citas. Espero que la cosa se me pase en cuanto me tome un poquito de Lexatín y acuda al servicio. Gracias por aguantarme, amigo Espectador.
Sabes (porque lo hemos hablado por vía interna —correo-e—) que aquí las críticas siempre son bienvenidas.
El lector tiene razón en su queja: el texto era largo. Pero además de las explicaciones que se han dado (explicaciones que no daría ningún articulista en los medios de comunicación tradicionales) hay algunas más que me gustaría dejar expuestas. Y ello porque a raíz de su queja ha habido alguna otra vía correo-e.
Desde el principio decidí (lo hemos hablado tú y yo en varias ocasiones) que iba a escribir para mí. Pero esto merece una matización para que se me entienda correctamente.
Por supuesto que si he decidido publicar es para que alguien, en otro terminal, pueda leerme. Pero nunca he buscado renombre o proyección alguna. Los pequeños éxitos que esta bitácora ha cosechado me han llenado de orgullo como al que más.
Entre esos éxitos incluyo el haber conocido amigos a través del ciberespacio que de verdad merecen la pena. Pero a pesar de ello yo sigo escribiendo para mí.
Con ello quiero decir que escribo de lo que a mí me importa, y que no aprovecho el tirón del momento para sumar legiones de lectores. No voy a escribir sobre alineaciones o ligas futboleras. Eso no me interesa.
En las estadísticas de la bitácora (estadísticas que he dejado de seguir) podía comprobar que cuando era oportunista, escribiendo sobre algo de actualidad, las visitas a esos artículos se multiplicaban. Pero si aprovechaba para hacer un artículo de actualidad era porque en el fondo subyacía algo que me interesaba.
Como cuando se hicieron las críticas a los programas políticos deportivos para las elecciones municipales de 2007. Esos artículos (además tuvieron una antelación de dos meses) fueron de lejos los más visitados. Ya he dicho que tecleando las siglas de los partidos en un buscador y añadiendo las palabras clave “programa político” aparecía ranqueada mi bitácora antes que las sedes web de esos partidos políticos. Y me dicen que alguno debió de utilizar el bombing para ranquearse por encima de mi bitácora (eso para mí ya es uno de esos éxitos).
Pero la crítica del lector me ha hecho pensar estos días (señal de que aquí se aprecian las críticas, digo yo). Puede ser cierto que últimamente haya abandonado el estilo de los artículos de opinión (bien sean de actualidad, bien sean de fondo) para adentrarme en la senda de los ensayos.
Mis escritos pueden distar de considerarse ensayos periodísticos (creo recordar que te envié sendos enlaces a ponencias sobre los artículos y los ensayos periodísticos), por lo que debo estar haciendo algo que se llama (creo) micro-ensayos o mini-ensayos.
La extensión no es la diferencia más importante entre el artículo y el ensayo, sino el estilo. En el artículo todo puede estar permitido. El ensayo exige cierto rigor en su exposición.
Y en esas estoy debatiéndome.
El próximo artículo —que subiré con un día de retraso— vuelve a la línea que muchos han aplaudido: la crítica mordaz y desenfadada.
Pero debo decir, en aras de ser sincero, que tras la queja del lector he corregido gran parte de lo escrito, pues siendo una crítica un tanto insustancial, había vuelto a caer en un estilo más austero.
Sí prometo que seguiré escribiendo para mí, pues no busco ni aplausos ni parabienes. Pero veré de darles un ritmo más jovial (sin extralimitarme, ¿eh?, que los años pasan para todos).
Saludos a todos y gracias por las críticas y las palabras de aliento. Lo que me jode es que el tema tratado ha pasado un tanto desapercibido.
Y como digo al comienzo del artículo, es un tema que afecta a los sacrosantos cimientos del deporte: se ha construido un sistema que ahora amenaza con desmoronarse. Y el huir hacia delante es la peor de las soluciones.
Sobre la aridez y farragosidad de los temas legislativos voy a parafrasear:
Yo añadiría que también para los que no se interesan por la legislación (la frase la he visto en el blog de una política de altura que lleva por dirección su nombre y los guarismos 2012).
En este artículo http://www.agujadebitacora.com/2008/02/senilidad-soberbia cargabas las tintas sobre las amenazas de Blatter y llamabas a plantarle cara. Ahora es como si hubieras cambiado de parecer y le dieras la razón al mundo del fútbol.
Tal vez mi posición merezca una matización, porque mi opinión no ha cambiado. Desde hace mucho tiempo vengo defendiendo que los Estados (al menos el español) se entromete (interfiere) en la vida de las asociaciones deportivas privadas. Incluso he defendido antes que la intervención del Estado en el asunto del dopaje es una intromisión en las competencias de las federaciones y asociaciones deportivas. Esto es lo que defiendo también en este artículo.
En el artículo al que haces referencia mi postura es de total rechazo a las manifestaciones de Blatter. Por mucho presidente mundial que sea no puede llegar a un país y amenazar a sus instituciones.
No sólo llame a hacerle frente, sino que además proponía frenar la prepotencia con la actúa a diario. Este personaje actúa como si las federaciones nacionales de fútbol fueran delegaciones de su FIFA, cuando lo cierto es que son entidades privadas diferenciadas.
Se le ha consentido ya demasiado y alguien tendrá que darle algún día un mentís antes de que sea demasiado tarde. Chulería, arrogancia, prepotencia, soberbia, son sustantivos en los que se mueve Sepp Blatter, presidente de la FIFA.